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PRESENTACIÓN

En éste blog se van a ir repasando todos los aspectos que rodean a la explotación de una máquina tragaperras en un local de hostelería.

Desde nuestra larga experiencia hemos llegado a la triste conclusión de que las empresas operadoras, en general, se aprovechan de la ignorancia y la falta de información y preparación que tienen los hosteleros y aprocechan esa circunstancia en su propio beneficio.

Supuestamente la relación profesional de las dos partes (hostelero y maquinero) se debe sustentar en la mutua confianza pero en muchísimos casos el maquinero engaña al hostelero o le oculta información interesadamente.


Daremos una información general sobre distintos aspectos, aunque lo más beneficioso para el hostelero es contratar los servicios de una Asesoría especializada.



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lunes, 27 de octubre de 2014

RECAUDACIÓN


                                                     
       
                      "TRABAJAMOS PARA AYUDARTE Y DEFENDER TUS INTERESES"
                                                   
                                                  CONTACTO:    hosteleriaytragaperras@gmail.com

 Desde nuestro punto de vista, junto con la negociación del boletín de instalación, la recaudación es el aspecto más importante que debemos tener claro y controlado. Si no es así vendrán las sorpresas desagradables.
 Un hostelero tiene, lógicamente, una máquina tragaperras en su local para sacar un beneficio determinado de ella. Bien, hasta aquí todo claro pero, ¿sabe bien el titular del local cómo se hace la recaudación de la máquina correctamente? ¿qué hace el recaudador de la empresa durante los diez o quince minutos que dura la operación? El recaudador te da un dinero, que puede ser mucho o ser poco, te da un justificante con unos números y se va. ¿Que ha pasado?

  En el ticket pone, por ejemplo, que la máquina ha dejado al bar un beneficio de 178,20 euros. ¿Cómo sabes tú que esa es la cantidad correcta? ¿Cómo lo compruebas? ¿Haces un seguimiento de dichas cantidades?
.
  Imaginaté que el recaudador te da un dinero, marcado en el ticket, y te dice que ha detectado un quebranto de 150 euros  y que lo ha descontado del bruto. ¿Quie herramientas tienes tú para comprobar que eso es cierto?

  Es imprescindible que tengais la posibilidad de comprobar toda clase de fallos ya que, de no ser así, el maquinero, seguramente, y manejará la situación siempre en su beneficio.

  Es más que aconsejable guardar los tickets que os dá el recaudador y mejor aún es pasarlos a algún soporte en ordenador o papel para poder, de vez en cuando, hacer las comprobaciones oportunas.

   El hostelero es responsable del correcto funcionamiento del local y el maquinero lo es de la máquina tragaperras.

   DEBEIS DE TENER LAS RECAUDACIONES PERFECTAMENTE CONTROLADAS. Si no es así teneís un problema y necesitaís ayuda.

viernes, 24 de octubre de 2014

AUTORIZACIONES DE INSTALACIÓN




                                        CONTACTO:     hosteleriaytragaperras@gmail.com
                                                       

  •  Las autorizaciones o boletines de instalación son los documentos con los cuales las distintas administraciones autonómicas autorizan la colocación y explotación de las máquinas tragaperras.
  •  No esn todas las Comunidades Autónomas esto se tramita de iguasl manera. Hay algunas en las que se otorga una autorización al Local por un número determinado de años para que dicho local contrate la explotación de la máquina con una Empresa operadora determinada.. Los detalles de dicha contratación se realiza mediante contratos privados.
  • En otras Comunidades Autónomas la Administración tiene unos modelos de Boletines que son de   obligada tramitación en los cuales de detallan, sobre todo, la vigencia del contrato entre las dos partes..Cuando se cambia la maquina se tramita un nuevo boletín de instalación.
  • En dichos boletines o autorizaciones deben aparecer todos los datos de la máquina, de la Empresa Operadora y del Titular del Local.




TÉRMINOS Y VOCABULARIO

                                                             
                                                       
                                              CONTACTO:     hosteleriaytragaperras@gmail.com


   Explicaremos en éste apartado lo que significan los distintos términos que se utilizan en la explotación de las máquinas tragaperras en hostelería.

EMPRESA OPERADORA: Empresa cuya actividad es la de explotar máquinas de juego en los locales autorizados para ello. La actividad de todas las empresas está autorizada mediante un NUMERO que la identifica.

BOLETÍN DE INSTALACIÓN: El boletín de instalación es, en realidad, un contrato que se realiza entre dos partes (empresa operadora y titulas del local de hostelería) y que es validado oficialmente por la Dirección de juego de la Comunidad correspondiente. Dedicaremos una entrada completa a éste documento.

VIGENCIA : Duración, en años, que se señala en el boletín de instalación.

RENUNCIA : Es un documento que el titular del local debe cumplimentar y entregar en la delegación de juego cuando quiere finalizar la vigencia de un boletín y, por ejemplo, colocar la máquina de otra empresa. Se explicará su tramitación en el apartado del boletín de instalación.

TASA FISCAL : Es un impuesto que  fija anualmente la Hacienda correspondiente y que se aplica a la propia máquina tragaperras y que, por lo tanto, pagará la empresa operadora cada trimestre. Es igual para todas las máquinas tragaperras de la Comunidad.

IVA : Todos conocemos este impuesto variable como pocos. Es aplicable al local de hostelería y su cantidad va en función de la recaudación declarada.

RECAUDACIÓN : Es la acción de recoger de la máquina el beneficio obtenido de la máquina en un periodo determinado.

CONTADORES : La máquina registra en éstos contadores el dinero que se juega (entradas) y el dinero que sale en premios (salidas). Se contabiliza en pasos y cada paso equivale a 0,20 euros.


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